Ayudas promoción economía sostenible en la Comunitat Valenciana 2021

Ayudas destinadas a la promoción de la economía sostenible en la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2021

La CONSELLERIA DE ECONOMÍA SOSTENIBLE, SECTORES PRODUCTIVOS, COMERCIO Y TRABAJO abre plazo para la solicitud de Ayudas destinadas a la promoción de la economía sostenible en la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2021.

Plazo de presentación de solicitudes:

Del 1 al 30 de marzo de 2021, ambos incluidos

Objeto de las ayudas:

Convocatoria de ayudas en régimen de concurrencia competititva, destinadas a contribuir a la promoción de la economía sostenible en la Comunitat Valenciana, a través de la financiación de actuaciones de fomento y difusión de la cultura y prácticas de las empresas sociales y de la Economía del Bien Común (EBC).

Beneficiarios:

Podrán acogerse a estas ayudas las siguientes entidades:

a) Asociaciones, fundaciones y otras entidades y organizaciones sin ánimo de lucro que tengan entre sus fines la promoción y fomento de los principios vinculados a la empresa social y/o de la EBC.

b) Pequeñas y medianas empresas (pymes) con personalidad jurídica propia que realicen actuaciones vinculadas con la implantación de la cultura y práctica de la empresa social y de la EBC.

c) Centros, institutos y entes universitarios especializados que lleven a cabo actividades de investigación y/o formación especializada en materias vinculadas a la economía sostenible, la empresa social o la EBC, ya tengan personalidad jurídica propia, ya dependan o se encuentren adscritos a una universidad.

Cuantía de la ayuda:

- Las ayudas pueden alcanzar hasta el 100% de los gastos subvencionables, sin perjuicio de los límites vigentes para las ayudas de minimis.

- Las cuantías máximas de las ayudas por entidad beneficiaria y actuación subvencionable son:

a) Las ayudas que se concedan a una misma entidad para todas las actividades de formación, fomento y difusión de la cultura y prácticas de la empresa social y de la EBC del artículo 4.1 de la Orden 2/2017, no podrán superar la cifra de 10.000 euros.

b) La cuantía máxima que podrá percibir una pyme en concepto de las ayudas por las actuaciones del artículo 4.2 de la Orden 2/2017 no podrá superar la cuantía de 3.000 euros.

c) Las ayudas que se concedan a una misma entidad para todas las actividades de investigación y/o formación especializada a que se refiere el artículo 4.3 de la Orden 2/2017, no podrán superar la cifra de 10.000 euros.

Acciones objeto de subvención:

1.- Actividades de formación, fomento y difusión de la cultura y prácticas de la empresa social y de la EBC en la Comunitat Valenciana REALIZADAS POR ASOCIACIONES, FUNDACIONES Y OTRAS ENTIDADES Y ORGANIZACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO que tengan entre sus fines la promoción y fomento de los principios vinculados a la empresa social y/o de la EBC, en cualquiera de las siguientes modalidades:

a) Actividades de fomento de estudios de aspectos relacionados con la empresa social y con la EBC, como la realización de talleres, coloquios, charlas, congresos, encuentros, mesas redondas, simposios, jornadas, seminarios y otras actividades similares, que tengan como finalidad la divulgación y el intercambio de conocimientos y mejores prácticas entre profesionales y expertos en esas materias.

b) Actividades de difusión para mejorar la visibilidad de la empresa social y de la EBC y el impacto que tienen en la sociedad, entendiéndose por tales aquellas cuyo objeto sea dar a conocer o divulgar entre la población en general o a colectivos específicos la cultura y práctica de la empresa social y de la EBC, mediante campañas de información y difusión en medios de comunicación social, edición de publicaciones y demás documentación didáctica, actividades de índole artística (exposiciones, ciclos de cine, música, etc) y cualquier otra actividad que contribuya a esta finalidad.

c) Actuaciones de innovación social y emprendimiento social positivos que permitan promover y apoyar ideas que, de manera simultánea, resuelvan las necesidades sociales, creen nuevas relaciones sociales y refuercen la creación de valor económico.

d) Actividades de promoción del emprendimiento social en todos los niveles educativos.

2.- Actuaciones REALIZADAS POR PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (PYMES) para la implantación de la cultura y práctica de la empresa social y de la EBC, consistentes en la elaboración e implantación de una memoria de sostenibilidad que contribuya a medir, supervisar y gestionar el rendimiento de las empresas y su impacto en la sociedad en la triple vertiente social, económica y medioambiental, permitiendo medir el éxito ético de la organización y su contribución al bien común, tales como el Balance del Bien Común, memoria de responsabilidad social, estado no financiero u otras herramientas similares.La memoria de sostenibilidad y su auditoría social externa deberán ajustarse a lo previsto en los apartados 2, 3 y 4 del artículo 19 de la Orden 2/2017 y en los apartados 2 y 3 del resuelvo quinto de la Resolución de convocatoria.

3.- Actividades de los CENTROS, INSTITUTOS Y ENTES UNIVERSITARIOS dirigidas a financiar los gastos derivados de actividades de investigación básica sobre la EBC, la empresa social y el emprendimiento e innovación social, así como destinados al impulso de la investigación aplicada en esas materias, en cualquiera de las siguientes modalidades:

a) Investigación dirigida a profundizar en los conceptos y valores que rigen estos modelos.

b) Aplicación práctica y desarrollo de las herramientas que llevan implícitos estos modelos, como la metodología para la medición de la contribución de las empresas al bien común, elaboración del Balance del Bien Común, y otras herramientas similares.

c) Investigaciones y estudios sobre la contribución real de las empresas sociales y de la EBC a los principales agregados macroeconómicos, así como su valor añadido en comparación con otros modelos empresariales, sus efectos sobre la resiliencia y sus relaciones con la innovación social y el emprendimiento.

d) Recopilación de estadísticas y construcción de indicadores que doten de mayor reconocimiento y visibilidad a las empresas sociales y al emprendimiento social, y permitan una mejor comprensión de sus modelos, profesionalidad y su papel en la sociedad.

e) Formación especializada en materia de emprendimiento e innovación social y/o EBC.

Más información en: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=18212


Peñiscola - Sede ElectrónicaTurismo Peñiscola