Inicio > Secciones del Ayuntamiento > Urbanismo > Exptes. restauración de la legalidad urbanística
Urbanismo
Exptes. restauración de la legalidad urbanística
OBJETO
En los supuestos de ejecución de obras sin la preceptiva licencia municipal o sin ajustarse, en su caso, a las condiciones de la licencia concedida, procede la tramitación de expediente de restauración de la legalidad urbanística, al objeto de legalizar las obras ejecutadas o la demolición de las mismas en caso de imposibilidad de legalización.
PROCEDIMIENTO
Plazo para la resolución del expediente: máximo 6 meses.
Órgano competente para la resolución del expediente: Alcaldía.
Legislación aplicable:
- Ley 16/2005, de 16 de diciembre, Urbanística Valenciana: artículos 219 a 257.
- Decreto 67/2006, de 19 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística: artículos 521 a 541.
- Ordenanzas Jurídico-Administrativas del PGOU.
IMPRESO DE ALEGACIONES
Descargar impreso