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Catastro
Certificados de Rústica y de Urbana
Qué es y para qué sirve?
Es un documento que informa si el solicitante consta como titular de estos bienes en el Padrón de Rústica y Urbana.
Quién puede solicitar el trámite?
Cualquier persona que acredite la propiedad.
Qué documentos hay que aportar?
- Fotocopia del DNI, NIE, CIF o pasaporte.
- Fotocopia del recibo del IBI o fotocopia de la escritura de propiedad.
Impresos relacionados con el trámite.
Cómo y dónde se puede solicitar?
- Presencialmente: Para hacer el trámite se ha de presentar toda la documentación en el Registro General del Ayuntamiento.
- Por correo: Aportando la documentación necesaria.
En qué fechas se puede hacer?
Siempre
En cuánto tiempo se obtiene una respuesta?
De cuatro a cinco días, directamente en el Negociado de Catastro.
Qué período de validez tiene?
Un año.
Qué coste económico tiene?
60 céntimos de euro.
Legislación relacionada
- Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local
- Y Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Observaciones de interés