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Catastro

Certificados de Rústica y de Urbana

Qué es y para qué sirve?

Es un documento que informa si el solicitante consta como titular de estos bienes en el Padrón de Rústica y Urbana.

Quién puede solicitar el trámite?

Cualquier persona que acredite la propiedad.

Qué documentos hay que aportar?

  • Fotocopia del DNI, NIE, CIF o pasaporte.
  • Fotocopia del recibo del IBI o fotocopia de la escritura de propiedad.

Impresos relacionados con el trámite.

Cómo y dónde se puede solicitar?

  • Presencialmente: Para hacer el trámite se ha de presentar toda la documentación en el Registro General del Ayuntamiento.
  • Por correo: Aportando la documentación necesaria.

En qué fechas se puede hacer?

Siempre

En cuánto tiempo se obtiene una respuesta?

De cuatro a cinco días, directamente en el Negociado de Catastro.

Qué período de validez tiene?

Un año.

Qué coste económico tiene?

60 céntimos de euro.

Legislación relacionada

  • Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local
  • Y Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Observaciones de interés

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